El desarrollo integral de los proyectos de edificación es el uso de aquellas herramientas adquiridas a lo largo de nuestra carrera para poder desarrollar todas las etapas que requiere un proyecto de edificación.

Por otra parte, los proyectos de edificación son aquellos que engloban los diversos documentos que son necesarios para poder hacer un edificio. En este tipo de proyectos, es necesario justificar todas las decisiones tomadas para la edificación y que todas estas decisiones estén amparadas por la legalidad vigente.

Por tanto, el desarrollo integral de proyectos de edificación es la realización de un plan y unos documentos amparados por la legalidad que permiten construir un edificio. Además, con este tipo de proyectos de edificación es posible gestionar la documentación de la obra y, si se diese el caso, un posible replanteo de la misma.

Qué tareas se incluyen dentro del desarrollo integral de proyectos de edificación

Por su parte, el técnico de edificación es el que apoya y ayuda a los responsables y directivos de la edificación. En este trabajo están incluidas las funciones de:

  • Diseño de planos
  • Estimación de costes
  • Planificación de los métodos de trabajo
  • Organización de los subcontratistas

El proyecto técnico de construcción

Como ya hemos dicho, es necesario justificar todo lo desarrollado en el proyecto y que esté dentro de la legalidad vigente. Para poder justificarlo de una forma correcta, es necesario que en los documentos aparezcan un buen proyecto técnico de construcción y, para que este proyecto técnico sea completo y bueno, deben aparecer los siguientes rasgos:

  • Presupuesto y medición de la obra
  • Memoria técnica constructiva y descriptiva
  • Pliego en condiciones
  • Plan de seguridad y salud
  • Plan de gestión de residuos
  • Planos
  • Certificado de viabilidad geométrica
  • Declaración responsable de técnico competente para el plan de seguridad y para el plan de gestión de residuos

Un último apunte sobre la legalidad de los certificados y documentos necesarios es que deben seguir los dicho por el articulo 010 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE), que dice que: “El Reglamento Nacional de Edificaciones es de aplicación obligatoria para quienes desarrollen rócenos de habilitación urbana y edificación en el ámbito nacional, cuyo resultado es de carácter permanente, público o privado”.

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